ADPRA presentó una declaración en favor de la codificación de la paz como un derecho humano en la Jornada del ILO

18/08/2010
ADPRA presentó una declaración en favor de la codificación de la paz como un derecho humano en la Jornada del ILO

La Asambleade Defensores del Pueblo,

Consciente de que, de conformidad con la Constitución de la Nación Argentina de 22 de agosto de 1994, es la voluntad de la Nación consolidar la paz interior, afianzar la justicia y las relaciones de paz con las potencias extranjeras, así como respetar y promover los derechos humanos y libertades fundamentales consagrados en los tratados internacionales de derechos humanos que gozan de jerarquía constitucional;

Inspirándose en los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, así como en la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales v regionales de derechos humanos suscritos por la Nación Argentina, en los que encuentra su fundamento el emergente derecho humano a la paz;

Reconociendo el papel pionero de la Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (AEDIDH) en la definición de la paz como derecho humano, cristalizado en la Declaraciónde Luana sobre el Derecho Humano a la Pa^, aprobada el 30 de octubre de 2006 por un Comité de personas expertas e independientes;

Celebrando la Campañamundial a favor del derecho humano a la paz conducida con éxito por la AEDIDH (2007-2010), por medio de la cual la Declaraciónde Iguana ha sido compartida y debatida por personas expertas e independientes de las cinco regiones del mundo;

Celebrando las aportaciones regionales internacionales a la Declaraciónde Luana que se recogen en las Declaraciones sobre el derecho humano a la paz aprobadas por personas expertas de la sociedad civil en La Plata (Argentina), el 5 de noviembre de 2008; Yaoundé (Camerún), el 2 de febrero de 2009; Johannesburgo (Sudáfrica), el 17 de abril de 2009; Bangkok (Tailandia), el 24 de abril de 2009; Sarajevo (Bosnia y Herzegovina), el 30 de octubre de 2009; Alejandría (Egipto), el 7 de diciembre de 2009; y La Habana (Cuba), el 6 de enero de 2010;

Encomiando la Declaraciónde Bilbao sobre el Derecho Humano a la Pa^ aprobada el 24 de febrero de 2010 por un Comité técnico de redacción compuesto de personas expertas españolas, por la que se revisa la Declaraciónde Luana incorporando las aportaciones procedentes de las sensibilidades culturales de todas las regiones del mundo;

Encomiando igualmente la Declaraciónde Barcelona sobre el Derecho Humano a la Pa^ aprobada el 2 de junio de 2010 por el Comité Internacional de Redacción (10 personas expertas independientes de las cinco regiones del mundo), que ha confirmado la legitimidad internacional de los textos previamente aprobados en Luana y Bilbao;


 

 

Acogiendo con agrado la campaña de sensibilización que ha desarrollado la AEDIDH desde 2007 ante el Consejo de Derechos Humanos y otros órganos pertinentes de las Naciones Unidas a favor del derecho humano a la paz, y reconociendo la importancia de las declaraciones escritas y orales sobre aspectos concretos del derecho humano a la paz, que han sido suscritas por más de 500 organizaciones no gubernamentales de todo el mundo;

Felicitando a la AEDIDH por haber animado la constitución en Ginebra (noviembre de 2007) del Grupo de Estados Amigos del proceso de codificación del derecho humano a la paz;

Encomiando a la AEDIDH por haber convocado el 21 de septiembre de 2008, con ocasión del Día Internacional de la Paz, a todos los actores internacionales en torno a la Alianza Mundial a favor del proceso de codificación del derecho humano a la paz;

Encomiando también a las personas expertas que participaron en el Taller sobre el derecho de los pueblos a la paz, organizado por la OACNUDH en Ginebra los días 15-16 de diciembre de 2009, por su conclusión de que se puede identificar el contenido y alcance del derecho humano a la paz como derecho emergente, así como su recomendación de que el Consejo DH establezca un grupo de trabajo para la codificación oficial del derecho humano a la paz;

Celebrando la resolución 14/3 del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, de 17 de junio de 2010, por la que se reconoce el importante trabajo desarrollado por las organizaciones de la sociedad civil en la promoción del derecho de los pueblos a la paz v la codificación de tal derecho, por lo que apoya la necesidad de continuar promoviendo la realización de ese derecho y, a ese respecto, pide al Comité Asesor que, en consulta con los Estados Miembros, sociedad civil, instituciones académicas y todos los actores relevantes, prepare un proyecto de declaración sobre el derecho de los pueblos a la pa%¡

Celebrando también la decisión del Comité Asesor de 2 de agosto de 2010 de establecer en su seno un Grupo de Trabajo para la redacción del proyecto de declaración sobre el derecho de los pueblos a la pa^¡

Encomiando igualmente a la AEDIDH por su intención de presentar la Declaraciónde Barcelona sobre el Derecho Humano a la Pa^ al Congreso Internacional sobre el Derecho Humano a la Pa% que se celebrará los días 9-10 de diciembre de 2010 en Santiago de Compostela con ocasión del Foro Social Mundial sobre la Educación para la Paz ("Foro 2010"); Congreso de la sociedad civil internacional que será invitado a aprobar un texto definitivo de declaración universal del derecho humano a la paz, así como los Estatutos del Observatorio Internacional del Derecho Humano a la Pa^, que se integrará en la AEDIDH;

Notando que la Declaraciónde Santiago sobre el Derecho Humano a la Pa^ que se espera sea aprobada el 10 de diciembre de 2010, será presentada por la AEDIDH y las ONG asociadas en 2011 ante el Consejo de Derechos Humanos y su Comité Asesor, con la intención de instar a los Estados miembros a ampliar el proceso de codificación al derecho humano a la paz;

Decide:

  1. Felicitar a la AEDIDH y a las organizaciones no gubernamentales asociadas por su exitosa Campaña mundial a favor del derecho humano a la paz, cuyos hitos más sobresalientes son la Declaraciónde Luana de 2006 y las Declaraciones de Bilbao y de Barcelona de 2010.
  2. Adherirse a la Alianza mundial a favor del derecho humano a la paz e instar a otras Asociaciones similares del Continente a mostrar su solidaridad y adhesión a tan valiosa y necesaria iniciativa de la sociedad civil internacional.
  3. Instar al Gobierno de la Nación Argentina a:

 

  1. Continuar prestando apoyo en su actuación exterior a las iniciativas de la sociedad civil internacional a favor de la codificación del derecho humano a la paz.
  2. Apoyar resueltamente la codificación oficial de este derecho en el seno del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y de su Comité Asesor.
  3. Formar parte del Grupo de Estados Amigos a favor del proceso de codificación internacional del derecho humano a la paz.

 

  1. Invitar a todas las Defensorías del Pueblo o instituciones nacionales, regionales y locales equivalentes del Continente que aún no lo hayan hecho, a pronunciarse a favor del derecho humano a la paz.
  2. Dar traslado de esta declaración a las Cámaras parlamentarias y Gobiernos regionales o locales correspondientes, así como a las Organizaciones internacionales regionales de las que la Nación Argentina es parte, e invitarles a adherirse a la Alianza mundial a favor del proceso de codificación internacional del derecho humano a la paz.
  3. Trasladar igualmente esta declaración al Secretario General de las Naciones Unidas v a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, así como al Secretario General de la OEA, al Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y al Secretario de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, instando a la ONU y a la OEA, así como a sus respectivos órganos competentes, a contribuir activamente al proceso de codificación internacional y desarrollo progresivo del derecho humano a la paz, en el marco del cumplimento de los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y de la Carta de la OEA.

Buenos Aires, 11 de agosto de 2010.