Mujeres

La Red en defensa de los Derechos de  la Mujer de las Defensorías del Pueblo, Programa de la Asociación de Defensorías del Pueblo de la República Argentina (ADPRA), creada en virtud de lo establecido en las Declaraciones de Toledo (1997), Lima (1998) y Tegucigalpa (1999), llevará adelante cuatro líneas de trabajo: investigación, capacitación, difusión y denuncia de temas vinculados con los derechos humanos de las mujeres.

La coordin ación de la Red estará conformada por una Coordinadora, dos Subcoordinaras y una Secretaria Técnica, que serán representantes de distintas Defensorías y en lo posible pertenecientes a distintas regiones de nuestro país.

Autoridades

Coordinadora: Beatriz Arza (Defensora titular del Defensoría del Partido General Pueyrredón)

Co-coordinadoras: Graciela Bourdieu (Defensora Adjunta del Pueblo de la ciudad de Neuquén) y Daniela Cristófano (Asesora de la Defensoría del Pueblo de San Luis).

Secretaria Ejecutiva: Liliana Loyola (Defensora Adjunta de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe).

Declaración de la FIO

Declaración de la Red Mujeres de las Defensorías del Pueblo de Iberoamérica en la XI Asamblea de la Federación Iberoaméricana de Ombudsman (FIO). Ver Documento Completo.

Boletines

- Boletín Número 1

- Boletín Número 2

- Boletín Número 3

- Boletín Número 4

- Boletín Número 5

- Boletín Número 6

- Boletín Número 7

- Boletín Número 8

- Boletín Número 9

- Boletín Número 10

- Boletín Número 11

- Boletín Número 12

- Boletín Número 13

- Boletín Número 14

- Boletín Número 15

- Boletín Número 16

- Boletín Número 17

- Boletín Número 18

- Boletín Número 19

- Boletín Número 20

Reglamento

  1. La Red en defensa de los Derechos de la Mujer de las Defensorías del Pueblo- Programa de la Asociación de Defensorías del Pueblo de la Republica Argentina (ADPRA)- creada en virtud de lo establecido en las Declaraciones de Toledo. (1997), Lima (1998) y Tegucigalpa (1999), llevara adelante cuatro líneas de trabajo, investigación, capacitación, difusión y denuncia de temas vinculado con los derechos humanos de las mujeres.
  2. Podrán integrar La Red las Defensoras titulares y adjuntas que pertenezcan a ADPRA, representantes del Área Mujer o punto focal de cada una de las Defensorías del Pueblo provinciales y municipales que forman parte de la Asociación de las Defensorías del Pueblo de la Republica Argentina (ADPRA). Se invitara a la Defensoría del Pueblo de la Nación a designar una representante para integrar La Red.
  3. La Coordinación de La Red estará conformada por una Coordinadora, dos Subcoordinadoras y una Secretaria Técnica, que serán Defensoras titulares y/o Defensoras adjuntas de distintas Defensorías y en lo posible pertenecientes a las distintas regiones.
  4. El mandato será bianual y solo podrán ser reelectas una vez en el mismo cargo. La Coordinadora y la Subcoordinadora serán reelectas por mayoría absoluta y la Secretaria Técnica por mayoría  simple.
  5. Podrán elegir y ser elegidas las representantes de cada Defensoría del Pueblo provincial o municipal. Cada Defensoría tendrá un solo voto y podrá presentar una sola candidatura.
  6. La Coordinación tendrá a su cargo:
    1. Representar a La Red en las reuniones de la Asociación de Defensorías del Pueblo de la Republica Argentina (ADPRA), Federación Iberoamericana de Ombudsman (FIO), Red Iberoamericana de Mujeres de las Oficinas del Ombudsman y en todas las reuniones y encuentros a los que La Red sea invitada, pudiendo delegar esta representación en una de las Subcoordinadoras o en cualquier otra miembra de La Red, en caso de verse impedida a asistir personalmente. Esta delegación de la representación será rotativa a los efectos de promover una participación lo más amplia posible de todas las integrantes de La Red.
    2. Proponer a ADPRA la firma de convenios con universidades, organismos gubernamentales, provinciales, nacionales e internacionales y/o ONG´S.
    3. Propiciar el mantenimiento del área mujer y promover su creación, en los casos que no exista, en cada una de las Defensorías del Pueblo de la Republica Argentina.
    4. Elaborar el plan anual de trabajo, el que deberá ser puesto a consideración de modo fehaciente a todas las integrantes  de La Red para su aprobación.
    5. Preparar el temario de las reuniones, previa consulta a las integrantes de La Red.
    6. Convocar, como mínimo, a dos reuniones anuales.
    7. Presentar un informe, dentro de los quince días hábiles de realizadas las actividades, de lo actuado referido a viajes y todas clase de decisiones adoptadas que involucren a La Red.
    8. Convocar a reuniones especiales para el tratamiento de temas que por su urgencia lo requieran.
    9. Promover la capacitación especifica de La Red.
  7. La función de las Subcoordinadoras será la de colaborar con la Coordinadora en el logro de los objetivos planteados y reemplazarla de manera rotativa.
  8. La Secretaria Técnica tendrá a su cargo:
  1. Editar un boletín electrónico bimestral de acuerdo a las directivas de la Coordinadora.
  2. Canalizar el envío de todas las comunicaciones.

9. Cada integrante de La Red deberá realizar un informe anual sobre la labor desarrollada con relación a los derechos de la mujer en su respectiva Defensoría que será compilado y editado por la Coordinación.